La muerte de siete trabajadores en seis accidentes mineros registrados entre el 23 de septiembre y el 14 de octubre volvió a poner en el foco las condiciones de seguridad en las faenas y la responsabilidad de las empresas frente a estos hechos. Según cifras de Sernageomin, la minería registró 20 víctimas fatales durante 2025, mientras que al 13 de octubre de 2026 el organismo contabilizaba 12 fallecidos en lo que va del año, una cifra que refleja la magnitud del desafío en materia de seguridad laboral en el sector.
En Chile, el cumplimiento de la seguridad minera está regulado principalmente por la Ley N° 16.744 sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el Código del Trabajo y el Reglamento de Seguridad Minera contenido en el Decreto Supremo N° 132. Sin embargo, estos hechos abren interrogantes sobre cómo estas normas se implementan en terreno. Un aspecto crítico es que la responsabilidad por la seguridad no se limita al empleador directo. En faenas donde operan empresas contratistas y subcontratistas, la compañía principal también tiene obligaciones legales respecto de las condiciones de seguridad y salud de quienes trabajan en sus instalaciones.
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